lunes, 29 de noviembre de 2021

Celulares: La SCJN ratifica suspensión de padrón para usuarios

El Instituto Federal de Telecomunicaciones dice que la decisión sobre telefonía celular permite salvaguardar su mandato constitucional.

 

El 26 de mayo, el IFT presentó un recurso constitucional en contra de la ley
que creaba el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil. AFP/ARCHIVO

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó hoy la suspensión contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Pnaut), por el cual se exige los datos biométricos de los usuarios de celulares en México.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) dijo que la primera sala del alto tribunal confirmó por cuatro votos a favor y uno en contra, la concesión de la medida cautelar que había solicitado el 11 de junio de 2021.

"Esta suspensión permite salvaguardar el mandato constitucional del IFT como regulador y garante -en su ámbito de competencia- de los derechos humanos contenidos en los artículos 6º y 7º constitucionales", detalló en un comunicado.

Agregó que la decisión "impide que se obligue al IFT a implementar un modelo regulatorio que inhibe y condiciona un acceso libre y sin injerencias arbitrarias a los servicios de telecomunicaciones".

El IFT dijo que como parte del Estado mexicano, tiene el deber de "garantizar y propiciar el derecho de acceso a las tecnologías de la información y a los servicios de telecomunicaciones" para todos los mexicanos.

Señaló que la resolución apoyará a que estos aspectos sean conocidos y resueltos "sin que el Panaut entre en vigor", y por tanto se generen afectaciones adicionales a los usuarios de telefonía móvil, pues impide aplicar la medida de requerirles sus datos biométricos para contar con el servicio.

El 26 de mayo, el IFT presentó un recurso constitucional en contra de diversas disposiciones de la ley que creaba el Panaut, aprobada por el Congreso, ya que no contaba con los recursos para cumplirla.

"Al confirmarse la medida cautelar solicitada por el IFT, el efecto es que se mantienen paralizadas las acciones que se desprenden de las normas impugnadas", señaló el organismo.

La reforma legal que exige el padrón de datos biométricos de los usuarios de teléfonos móviles causó polémica porque los concesionarios y el Gobierno dejarán sin servicio a quienes no proporcionen esos datos en un plazo de dos años para líneas preexistentes y de seis meses para nuevas líneas.

El Presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) ha defendido el padrón con el argumento de que combatirá las extorsiones y al crimen organizado.

Desde el 27 de abril la reforma legal estaba suspendida de forma indefinida por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, que consideró que la norma "viola derechos de usuarios y no disminuirá los delitos".

La firma Digital Policy & Law Group estimó que la citada reforma podría dejar a 30 millones de mexicanos sin acceso a la telefonía móvil, en particular a personas de bajos ingresos.



Fuente: Informador MX

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