miércoles, 21 de julio de 2021

Mèxico: IFT, la resolución que viene

El próximo 9 de agosto del año en curso, es la fecha límite para que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) que preside interinamente Adolfo Cuevas, resuelva sobre el tema de la libertad tarifaria del Agente Económico Preponderante en Telecomunicaciones (AEPT), como se le denomina técnicamente a América Móvil.


 

Es un tema muy relevante para la industria de las telecomunicaciones en México y la competencia sectorial.

Pero también es una pieza central en el nuevo tablero que dispone el Tratado comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

El pasado 14 de junio terminó la consulta pública sobre los criterios y umbrales para determinar la libertad tarifaria del AEP en telecomunicaciones. Desde ese día,  el IFT tiene 30 días hábiles para resolver.

Por las vacaciones del órgano regulador y la consecuente suspensión de labores establecida en el calendario 2021, la fecha límite es el 9 de agosto.El IFT estará de vacaciones a partir de hoy y reanuda labores el próximo 2 de agosto. ¿De qué se trata la libertad tarifaria?

Se trata de una propuesta del IFT para conceder al AEPT, la libertad de fijar sus propias tarifas en el servicio de desagregación de la red local en 63 municipios del país.

Supuestamente en tales localidades ya existen condiciones de competencia efectiva, en el mercado de Banda Ancha Fija (BAF).

Hay que recordar que el propio órgano regulador hace unos cuantos años le impuso a América Móvil una regulación asimétrica porque su participación de mercado es mayor al 55%.

En diferentes momentos del pasado reciente, el órgano de competencia en el sector de las telecomunicaciones ha aplicado diversas medidas para impulsar la competencia y bajar los precios en telefonía para el consumidor final. Ahora, la Unidad de Política Regulatoria del IFT analiza los resultados de la consulta pública y el pleno tomará una resolución en los primeros días de agosto.

Desde el IFT se ha dicho que el tema abarcaría sólo una de las modalidades de la desagregación de bucle.

Ahí es donde podrían liberarse tarifas; las de acceso indirecto (SAIB por sus siglas), pero de cualquier manera las tarifas ofertadas deberán cumplir con el criterio de replicabilidad.  Es decir que, en caso de que se adopte esa decisión, el precio del insumo intermedio que es el SAIB debe permitir a los otros operadores dar tarifas finales al usuario, que sean competitivas con las del propio agente económico preponderante, eso dice el órgano regulador.

Por su parte, el presidente del Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones, Gerardo Soria, ha advertido que la libertad tarifaria que América Móvil podría tener, implicaría “tirar” la reforma en telecomunicaciones y retroceder al año 2013, cuando no existía la figura de preponderancia.

Los participantes en la consulta advirtieron que la ‘libertad tarifaria’ al AEPT sería violatoria no sólo de la Constitución sino también del T-MEC y, al mismo tiempo, contraviene la naturaleza propia de la preponderancia.

El Capítulo 18 del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), señala que cualquier cambio al marco regulatorio, incluyendo tarifas, debe realizarse con la intención de avanzar hacia la competencia efectiva y prevenir la existencia de prácticas monopólicas a nivel nacional.

Es un tema que vigila de cerca la Oficina de la Representante Comercial (USTR, por sus siglas en inglés), de Estados Unidos, Katherine Tai. Viene una difícil resolución para el IFT. Veremos.

Atisbos

OUTSOURCING.- A menos de 10 días de que venza el plazo, la decisión tajante de la Secretaría del Trabajo que encabeza Luisa María Alcalde es que no habrá prórroga para que las empresas cumplan con la sustitución patronal.El 24 de julio vence el plazo para que las empresas que se benefician de un modelo de subcontratación laboral: outsourcing, transfieran a sus trabajadores a sus nóminas centrales a través de la sustitución patronal.



Fuente: El Economista

No hay comentarios:

Publicar un comentario